A partir del primero de enero de 2020 algunos artículos de las leyes relacionadas con el comercio exterior tendrán algunos cambios. Para que estés listo y cumplas con todas ellas, aquí te decimos qué leyes y cuáles cambios tendrá.
Se adicionan y reforman artículos en la Ley Federal de Derechos (LFD)
- Artículo 40 LFD: referente a la Cuota a pagar por el trámite, inscripción, concesión o autorización.
En el inciso F se elimina la referencia de apoderado aduanal y representante legal y se adicionan los incisos R,S y T.
- Artículo 51 LFD: referente a la cuota a pagar por el examen de Agente Aduanal y y por la patente de Agente Aduanal.
Se elimina la referencia de apoderado aduanal y se sustituye por la de representante legal, se elimina la fracción 1 y se adicionan la 5 y la 4.
Cambios en la Ley Impuesto al Valor Agregado (IVA)
- Se adiciona la fracción IV al artículo 01-A sobre los abligados a retener el IVA trasladado.
- Se reforman los párrafos primero y segundo del artículo 06 sobre acreditamiento, devolución o compensación del saldo a favor.
- Se cambia la referencia “servicios prestados en el extranjero” por “servicios prestados por no residentes en el país” en el artículo 26 que hace referencia al momento en el que se considera efectuada la importación de bienes o servicios.
- Ahora las Importaciones ocasionales de bienes tangibles y el pago del impuesto se hará mediante pedimento junto con el IGI según las modificaciones al artículo 33 referente al momento en el que se paga el IVA en importaciones ocasionales
Cambios en la ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS)
- Las cuotas de los incisos C y D se actualizrán anulamente y entrarán en vigor el 1 de enero de 2020. Esto se indica en el artículo 02 que habla sobre las tasas y cuotas aplicables en las actividades que el artículo señala.
- Se elimina el impuesto a las importaciones de cerveza donde el impuesto se pague aplicando la cuota del artículo 2-C de esta Ley. Esto se indica en el artículo 14 referente a la determinación de la base gravable en importación de bienes.
Cambios en la entrega de licencias de la Secretaría de Economía (SE)
1. Certificados de origen
- DGFCCE: 2 días hábiles.
- Delegaciones y/o subdelegaciones: 4 días hábiles.
- Entidades Gremiales: 1 día hábil.
2. Avisos y permisos de importación y exportación automáticos
- Siderúrgico: 2 días hábiles.
- Calzado, Textil – Confección: 3 días hábiles.
Es indispensable para una empresa dedicada al comercio exterior mantenerse informado sobre los cambios a las leyes referentes a las importaciones, exportaciones y las obligaciones que ellas generan. Para asegurar un excelente nivel de compliance en comercio exterior puedes echar mano de herramientas tecnológicas como un software.
El software de One Core ajusta la herramienta a los cambios en las leyes para asegurarse que siempre cumplas con las exigencias de la ley y así, evitarte cuantiosas multas de comercio exterior.