Como empresario importador debes conocer perfectamente cuáles son los impuestos a los que tus mercancías pueden ser susceptibles y así, evitar multas de comercio exterior. Por ello, aquí te decimos aquellos que indica la página del SAT.
Es el Impuesto General de Importación y está asociado a una fracción arancelaria. La fracción arancelaria se forma por 6 dígitos que sirven para clasificar un artículo al momento de su importación a nuestro país, y así saber cuánto paga de IGI.
El Impuesto General de Importación puede ser:
Estos aranceles pueden adoptar las siguientes modalidades:
Están obligadas al pago del impuesto al valor agregado, las personas físicas y morales que, en territorio nacional, importen bienes o servicios. El impuesto se calculará aplicando a los valores que señala la Ley del IVA, la tasa del 16%.
El pago de la cuota de IVA se realiza en el momento de la liquidación de los derechos arancelarios, para lo cual la Administración aduanera expide el modelo 031, de liquidación de IVA, y la carta de pago correspondiente.
Si se trata de importación de bienes tangibles, se considerará el valor que se utilice para los fines del impuesto general de importación, adicionado con el monto de este último gravamen y de los demás que se tengan que pagar con motivo de la importación.
Es un impuesto especial a la enajenación de automóviles nuevos de producción nacional o de importación definitiva de coches del año o de modelos de hasta 10 años atrás. Se paga en la aduana juntamente con el Impuesto General de Importación.
La base del ISAN es el precio de venta, incluyendo el equipo opcional común o de lujo, cobrado al consumidor por el fabricante, ensamblador, distribuidor o comerciante autorizado en el ramo de vehículos, sin tomar en cuenta los descuentos, rebajas y bonificaciones.
Se paga por la producción y venta o importación de gasolinas, alcoholes, cerveza y tabacos, principalmente. Así como sucede con el IVA, es un impuesto indirecto, es decir que los contribuyentes del mismo no lo pagan, sino que lo trasladan o cobran a sus clientes.
El IEPS se causa con motivo de la importación de ciertos bienes y se determina aplicando la siguiente tasa:
A) Bebidas con contenido alcohólico y cerveza:
B) Alcohol, alcohol desnaturalizado y mieles incristalizables: 50%
C) Tabacos labrados:
D) Gasolinas: la tasa que resulte para el mes de que se trate en los términos de los artículos 2o.-A y 2o.-B de la Ley del IEPS.
E) Diesel: la tasa que resulte para el mes de que se trate en los términos de los artículos 2o.-A y 2o.-B de la Ley del IEPS.
F) Bebidas energetizantes, así como concentrados, polvos y jarabes para preparar bebidas energetizantes: 25%
*Para revisar otros productos como bebidas de sabor, combustibles fósiles, plaguicidas, alimentos no básicos y más consulta la página del SAT.
El Derecho de Trámite Aduanero se debe pagar por el uso o aprovechamiento de las instalaciones de las aduanas y por recibir los servicios que prestan las autoridades aduaneras en el despacho aduanero. Se cubre en las operaciones que se efectúan utilizando un pedimento o el documento aduanero correspondiente.
Se pagarán derechos por el almacenaje de mercancías en depósito ante la aduana en recintos fiscales, después de vencidos los plazos que se establecen en el artículo 41 de la Ley Federal de Derechos.
Las cuotas diarias de los derechos por el almacenaje, en recintos fiscales, de mercancías en depósito ante la aduana, son las establecidas en el artículo 42 de la Ley Federal de Derechos.
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