5 impuestos derivados de la importación de mercancías

09 de enero, 2020

Como empresario importador debes conocer perfectamente cuáles son los impuestos a los que tus mercancías pueden ser susceptibles y así, evitar multas de comercio exterior. Por ello, aquí te decimos aquellos que indica la página del SAT.  

1. Impuesto General de Importación (IGI)

Es el Impuesto General de Importación y está asociado a una fracción arancelaria. La fracción arancelaria se forma por 6 dígitos que sirven para clasificar un artículo al momento de su importación a nuestro país, y así saber cuánto paga de IGI. 

El Impuesto General de Importación puede ser:

  • ​Ad valorem: cuando se expresen en términos porcentuales del valor en aduana de la mercancía.
  • Específicos: cuando se expresen en términos monetarios por unidad de medida. 
  • Mixtos: cuando se trate de una combinación de los dos anteriores.

Estos aranceles pueden adoptar las siguientes modalidades:

  • Arancel-cupo: tiene como propósito la importación de un monto determinado de un producto o mercancía con un impuesto menor al que se aplica a las mercancías que se importen sin este beneficio.
  • Arancel estacional: cuando establezcan niveles arancelarios distintos para diferentes períodos del año. 
  • Otras señaladas por el Ejecutivo Federal.

2. Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Están obligadas al pago del impuesto al valor agregado, las personas físicas y morales que, en territorio nacional, importen bienes o servicios. El impuesto se calculará aplicando a los valores que señala la Ley del IVA, la tasa del 16%. 

El pago de la cuota de IVA se realiza en el momento de la liquidación de los derechos arancelarios, para lo cual la Administración aduanera expide el modelo 031, de liquidación de IVA, y la carta de pago correspondiente.

Si se trata de importación de bienes tangibles, se considerará el valor que se utilice para los fines del impuesto general de importación, adicionado con el monto de este último gravamen y de los demás que se tengan que pagar con motivo de la importación.

3. Impuesto Sobre Automóviles Nuevos (ISAN)

Es un impuesto especial a la enajenación de automóviles nuevos de producción nacional o de importación definitiva de coches del año o de modelos de hasta 10 años atrás. Se paga en la aduana juntamente con el Impuesto General de Importación. 

La base del ISAN es el precio de venta, incluyendo el equipo opcional común o de lujo, cobrado al consumidor por el fabricante, ensamblador, distribuidor o comerciante autorizado en el ramo de vehículos, sin tomar en cuenta los descuentos, rebajas y bonificaciones.

4. Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS)

Se paga por la producción y venta o importación de gasolinas, alcoholes, cerveza  y tabacos, principalmente. Así como sucede con el IVA, es un impuesto indirecto, es decir que los contribuyentes del mismo no lo pagan, sino que lo trasladan o cobran a sus clientes.

El IEPS se causa con motivo de la importación de ciertos bienes y se determina aplicando la siguiente tasa:

​A) Bebidas con contenido alcohólico y cerveza:

  • Con una graduación alcohólica de hasta 14° G.L: 26.5%
  • Con una graduación alcohólica de más de 14° y hasta 20°G.L: 30%
  • Con una graduación alcohólica de más de 20°G.L: 53%

B) Alcohol, alcohol desnaturalizado y mieles incristalizables: 50%

C) Tabacos labrados:

  • Cigarros: 160%
  • Puros y otros tabacos labrados: 160%
  • Puros y otros tabacos labrados hechos enteramente a mano: 30.4%

D) Gasolinas: la tasa que resulte para el mes de que se trate en los términos de los artículos 2o.-A y 2o.-B de la Ley del IEPS.

E) Diesel: la tasa que resulte para el mes de que se trate en los términos de los artículos 2o.-A y 2o.-B de la Ley del IEPS.

F) Bebidas energetizantes, así como concentrados, polvos y jarabes para preparar bebidas energetizantes: 25%

*Para revisar otros productos como bebidas de sabor, combustibles fósiles, plaguicidas, alimentos no básicos y más consulta la página del SAT.

5. Derecho de Trámite Aduanero (DTA)

El Derecho de Trámite Aduanero se debe pagar por el uso o aprovechamiento de las instalaciones de las aduanas y por recibir los servicios que prestan las autoridades aduaneras en el despacho aduanero. Se cubre en las operaciones que se efectúan utilizando un pedimento o el documento aduanero correspondiente.

6. Derecho de Almacenaje 

Se pagarán derechos por el almacenaje de mercancías en depósito ante la aduana en recintos fiscales, después de vencidos los plazos que se establecen en el artículo 41 de la Ley Federal de Derechos.  

Las cuotas diarias de los derechos por el almacenaje, en recintos fiscales, de mercancías en depósito ante la aduana, son las establecidas en el artículo 42 de la Ley Federal de Derechos.

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