Los Impuestos Generales de Importación y Exportación o IGIE son básicamente las normativas relativas al Comercio Exterior. Es decir, regulan la entrada y salida en el territorio nacional de mercancía, así como los medios de transporte, el despacho aduanero y los actos relacionados con el comercio internacional.
¿Quién debe cumplir con las IGIE?
Todas aquellas personas relacionadas con el ingreso o extracción de mercancía ya sea temporal o permanentemente del territorio nacional tienen que cumplir con esta Ley. Esto significa que las siguientes personas pueden ser objeto de la ley:
- Importadores y exportadores de mercancía.
- Propietarios de productos.
- Poseedores de mercancías.
- Destinatarios de productos.
- Remitentes de mercancías.
- Apoderados
- Agentes aduanales.
¿Cómo están compuestas las IGIE?
Esta ley se conforma de Tarifas de los Impuestos Generales de Importación y Exportación (TIGIE) y se compone de 3 cosas:
- Nomenclatura o código del sistema armonizado.
- Códigos de aranceles.
- Descripción por pagar.
La nomenclatura es la clasificación de las mercancías según su composición o función regidas bajo un código de identificación universal, a seis dígitos; esto sirve para aplicar su respectivo TIGIE. Cada país adiciona dos dígitos más, que identifican el arancel y requisitos para ingresar o salir de un país.
<< ¿Qué es la clasificación arancelaria? >>
Valor sobre el cual se aplican las IGIE
Existen 2 valores de la mercancía sobre los cuales se aplican las tarifas:
- El valor en aduana de las mercancías (valor de transacción de la mercancía), es decir, el precio pagado por las mismas.
- Cuando lo anterior no sea posible, entonces se determinará conforme a los siguientes criterios en orden sucecivo y por exclusión:
- Valor de transacción de mercancías idénticas.
- Valor de transacción de mercancías similares.
- Valor de precio unitario de venta determinado.
- Valor reconstruido de las mercancías importadas.
- Valor determinado.
<< Anexos a la manifestación de valor >>
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