Modificaciones a la TIGIE en calzado y textiles

28 de noviembre, 2019

El 6 de noviembre de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE) para algunos sectores como calzado y textil con el fin de apoyar al mercado interno.

En el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de Octubre de 2019 se indica:

  • El aumento del arancel para 43 fracciones arancelarias del sector calzado y 274 fracciones arancelarias de los sectores textil y confección de los capítulos 61, 62, 63 y 64, correspondientes a los sectores de confección y calzado, esto para apoyar el mercado interno.
  • A partir del 29 de octubre de 2019 y hasta septiembre 2024 el arancel de importación será de entre el 25% y 30% para productos de confección y calzado provenientes de países con los que México no tiene un TLC.
  • Conforme a lo dispuesto en la Ley de Comercio Exterior, el Decreto cuenta con la opinión de la Comisión de Comercio Exterior.

Modificaciones TIGIE sector Textil y/o Confección

  1. Realizar una distinción más detallada por tipo de prenda, material de fabricación y tallas.

Las mercancías son tejidos de fibras sintéticas, tejidos de fibras artificiales, ropa de vestir de punto y no punto para hombres, mujeres, niños y niñas, que incluye:

  • Chamarras
  • Pantalones largos
  • Pantalones cortos y shorts
  • Camisas deportivas
  • Vestidos
  • Ropa interior
  • Playeras
  • Blusas
  • Fundas para edredón
  • Fundas para colchón
  • Sábanas
  • Edredones

Modificaciones TIGIE sector calzado

  1. Identificar en lo particular el calzado para infante (bebés) y separar a las sandalias del calzado similar.

Las mercancías se refieren a:

  • Calzado impermeable
  • Calzado totalmente de plástico
  • Calzado con corte de plástico
  • Calzado con corte de cuero
  • Sandalias

En promedio las modificaciones a la TIGIE para calzado y textiles quedan de la siguiente manera

Capítulo

Descripción

Impuesto después del 29 de octubre de 2019

Impuesto después del 1 octubre de 2024

61

Prendas y complementos de vestir, de punto.

25% por pza.

20% por pza.

62

Prendas y complementos de vestir, excepto los de punto.

25% por pza.

20% por pza.

63

Los demás artículos textiles confeccionados; surtidos; prendería y trapos.

25% por pza.

20% por pza.

64

Calzado, polainas, botines y artículos análogos; partes de estos artículos.

30% por pza.

20% por pza.

 

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