El COVE es el Comprobante de Valor Electrónico, este sistema recibe y valida de forma anticipada la documentación que comprueba el valor comercial de las mercancías durante los despachos en aduanas.
Sólo tienes que cargar los datos del documento que comprueba el valor de la mercancía en la Ventanilla Única del SAT (VUCEM), para que te arroje el COVE.
<< ¿Qué es la Ventanilla Única de comercio exterior Mexicano (VUCEM) ?
Cada factura deberá ser amparada por un COVE, sólo en el supuesto de que una remesa de consolidado sea amparada por más de un documento, será necesaria la transmisión del COVE como relación de facturas, para cumplir con lo establecido en la normatividad vigente, que indica que para cada remesa sólo se puede establecer un número de COVE.
Ten en cuenta que el COVE no es lo mismo que un e-document. El Cove sustituye una factura, un ticket, etc; mientras que el e-document simplemente es la digitalización del documento.
Deberá efectuarse con la FIEL del contribuyente, del agente o apoderado aduanal. En el caso de personas morales, adicionalmente se podrá emplear el sello digital tramitado ante el SAT. El agente aduanal la podrá realizar por conducto de su mandatario autorizado.
<< Art. 81 Reglamento de la Ley Aduanera – Anexo a la manifestación de Valor >>
Además de tener el respaldo de los COVE, puedes recurrir a un software de comercio exterior para incrementar la tranquilidad y seguridad de tus operaciones. En este sistema puedes almacenar tu expediente electrónico de comercio exterior y te avisará si hace falta algún documento para tus despachos aduaneros.